El Conductor del volquete que provocó el aparatoso accidente ocurrido en la carretera federal 307, a la altura del kilómetro 320+800, que dejó un saldo de un fallecido, 11 personas heridas y nueve vehículos afectados, es un menor de edad de 17 años.
El incidente ocurrió cuando un volquete Kenworth, modelo T800, de color rojo circulaba en aparente exceso de velocidad y perdió el control al descender de un puente. La pesada unidad volcó sobre su costado derecho, aplastando dos camionetas Chevrolet Suburban, una modelo 2023 con placas del Estado de México y otra modelo 2017 con matrícula de Jalisco.
Además, otros seis vehículos resultaron con daños, incluyendo una Volkswagen blanca, una Hyundai Tucson gris, un Chevrolet Aveo LT blanco, un Mazda MX-5 gris, un Volkswagen T-Cross blanco y una Peugeot Partner.
En el lugar del accidente, los equipos de emergencia encontraron a un hombre prensado en el interior de una Suburban blanca. A pesar de los esfuerzos por liberarlo, pero poco después de las 6 de la tarde se confirmó su fallecimiento
Entre los heridos:
- Una mujer de aproximadamente 45 años sufrió quemaduras severas y fue trasladada de urgencia a un hospital.
- Una mujer de 70 años y un niño de 2 años resultaron lesionados.
- Dos turistas canadienses también se encuentran entre los afectados.
Los heridos fueron llevados a hospitales de Cancún, Puerto Morelos y Playa del Carmen.
Testigos del accidente señalaron que la zona registraba congestionamiento vehicular debido a trabajos de pavimentación, lo que habría contribuido a la magnitud del impacto.
Entre las líneas de investigación se analiza una posible falla mecánica y el exceso de velocidad.
El conductor del volquete, identificado como José del Carmen Z. G., de 17 años y originario de Tabasco, fue detenido en el lugar y puesto a disposición de la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Cometidos por Adolescentes de la Fiscalía General del Estado.
Se le investiga por los delitos de homicidio, lesiones y daños, dentro de la carpeta de investigación FGE/QROO/CAN/FEIDCPA/63/03/2025.